El salario mínimo para 2026 continúa en efecto a pesar de la suspensión provisional

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La suspensión temporal del incremento del 23,78 % en el salario mínimo para 2026, dictada por el Consejo de Estado, no significa que el nuevo monto deje de aplicarse de inmediato en esta quincena. La resolución judicial incluyó una condición particular antes de que la medida surta efectos prácticos.

En su fallo respecto al Decreto 1469 de 2025, el tribunal superior dispuso la suspensión provisional de los efectos del acto administrativo. No obstante, precisó que esta suspensión solo comenzará a regir una vez que el Gobierno emita y publique un nuevo decreto temporal que modifique la cantidad.

Por lo tanto, hasta que no se publique ese nuevo acto administrativo, el salario mínimo que rige es el establecido por el Gobierno nacional. Esto indica que el monto actual debe usarse para los pagos correspondientes.

El decreto suscrito por el presidente Gustavo Petro determinó el salario mínimo en $1.750.905, y en $2.000.000 incluyendo el auxilio de transporte. Esas son las cantidades que legalmente aplican en este momento.

La determinación del Consejo de Estado no invalidó el salario mínimo ni declaró ilegal el ajuste. Se trata de una precaución temporal de suspensión mientras el tribunal examina a fondo la demanda interpuesta contra el decreto.

Adicionalmente, el tribunal superior instruyó al Ejecutivo a emitir en un plazo máximo de ocho días un nuevo decreto temporal. También requirió una explicación técnica sobre cómo se evaluaron factores como la inflación, la productividad, el PIB y la protección al empleo, de acuerdo con la Ley 278 de 1996.

Hasta que no se publique oficialmente ese nuevo decreto, el acto original mantiene sus efectos jurídicos. En consecuencia, no hay en este momento una cifra alternativa que rija para calcular los salarios.

Para los empleadores y los empleados, esto significa que los pagos deben efectuarse según el salario mínimo establecido, dado que la suspensión todavía no produce impactos concretos. No acatar el monto vigente podría originar disputas laborales.

El presidente Petro manifestó que acata el fallo, pero defendió la validez del incremento. Indicó que pedirá una aclaración al Consejo de Estado, al estimar que no se consideró el principio predominante de protección al empleo establecido por la Corte Constitucional.

Desde sectores del Pacto Histórico se impulsaron manifestaciones en oposición a la suspensión temporal. Por otro lado, el expresidente Álvaro Uribe Vélez criticó el efecto económico del ajuste y reiteró inquietudes sobre la inversión y la presión fiscal.

El gremio Fenalco apoyó la resolución judicial, argumentando que la suspensión provisional podría ayudar a la sostenibilidad del empleo formal en el país.

En el Consejo de Estado se debaten ahora diversas acciones pendientes: la emisión del nuevo decreto, la eventual aclaración solicitada por el Gobierno y la resolución final sobre la legalidad del incremento. Mientras progresa el procedimiento legal, la situación práctica es evidente: en esta quincena se liquida con el salario mínimo decretado.

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